CÓMO DECLARAR CRIPTOMONEDAS EN LA RENTA 2026
Si tenéis criptomonedas y vivís en España, tenéis que declararlas a Hacienda. Sí, aunque solo las tengáis guardadas. Sí, aunque no hayáis vendido. Hacienda lo sabe todo y multa fuerte a quien no cumple. En este artículo os explico paso a paso cómo declarar correctamente vuestras cripto en la renta 2026 sin complicaciones.
Cuándo hay obligación de declarar cripto
Hay tres situaciones que obligan a declarar:
1. Has vendido o intercambiado cripto durante el año fiscal (aunque sea cripto por cripto, cuenta como venta).
2. Has ganado intereses, staking, airdrops o cualquier otra rentabilidad.
3. Tienes cripto guardada en exchanges o wallets fuera de España por valor superior a 50.000€ (Modelo 721).
Si solo tienes cripto compradas y guardadas, sin haber hecho nada, técnicamente no hay que tributar, pero sí declarar el patrimonio si supera ciertos límites.
Dónde se declaran las criptomonedas
Las criptomonedas se declaran en la declaración de la renta (IRPF), en el apartado de ganancias y pérdidas patrimoniales.
Si tienes cripto en exchanges extranjeros por valor superior a 50.000€, también tienes que presentar el Modelo 721 entre enero y marzo del año siguiente.
Cuánto se paga: los tramos
Las ganancias en cripto tributan como rentas del ahorro, en estos tramos para 2026:
- Hasta 6.000€ → 19%
- De 6.000€ a 50.000€ → 21%
- De 50.000€ a 200.000€ → 23%
- De 200.000€ a 300.000€ → 27%
- Más de 300.000€ → 30%
Es decir: si has ganado 5.000€ vendiendo Bitcoin, pagas el 19% (950€). Si has ganado 70.000€, los primeros 6.000€ al 19%, los siguientes 44.000€ al 21% y los últimos 20.000€ al 23%.
Cómo se calcula la ganancia
Es muy sencillo:
Ganancia = Precio de venta – Precio de compra – Comisiones
Ejemplo: compraste 1 BTC a 30.000€ y lo vendiste a 50.000€, con 100€ totales en comisiones. Tu ganancia es 50.000 – 30.000 – 100 = 19.900€. Pagas IRPF sobre eso.
Si has comprado en varios momentos, se aplica el método FIFO (First In, First Out): se considera que vendes primero las que compraste primero.
Operaciones que cuentan como venta (aunque no lo parezca)
Mucha gente se sorprende, pero todas estas son operaciones tributables:
- Vender cripto por euros
- Cambiar una cripto por otra (por ejemplo, BTC por ETH)
- Pagar con cripto (comprar algo)
- Recibir un airdrop o staking
- Convertir a stablecoins (USDT, USDC)
El Modelo 721
Si tienes cripto en exchanges extranjeros (Binance, Coinbase, Kraken…) o wallets fuera de España por valor superior a 50.000€ a 31 de diciembre, debes presentar el Modelo 721.
Plazo: del 1 de enero al 31 de marzo del año siguiente.
No declarar este modelo cuando corresponde puede tener multas mínimas de 10.000€. No es broma.
Pérdidas: cómo aprovecharlas
Si has perdido dinero con cripto, también puedes declararlo. Las pérdidas reducen la base imponible y, si son mayores que las ganancias, puedes compensarlas durante los próximos 4 años.
Ejemplo: pierdes 5.000€ este año en cripto. El año que viene ganas 8.000€. Solo tributas por 3.000€.
Documentación que tienes que conservar
Hacienda puede pedir pruebas. Conserva durante 4 años:
- Historial completo de operaciones de cada exchange
- Direcciones de wallets utilizadas
- Justificantes de transferencias bancarias
- Capturas de pantalla de pagos en cripto
Casi todos los exchanges (Binance, Coinbase, Kraken, Bit2Me) tienen una opción de descarga de historial. Hacedlo cada año.
Herramientas que te facilitan la vida
Calcular las ganancias a mano es un infierno si haces muchas operaciones. Estas herramientas te ayudan:
- Koinly — la más completa
- CoinTracking — alemana, muy potente
- Bittax — española, fácil de usar
- Accointing — interfaz amigable
Importas tus operaciones desde cada exchange y la herramienta te calcula el IRPF en formato Hacienda.
Errores típicos que te pueden costar caros
1. No declarar porque «no he vendido a euros». Falso: cripto por cripto cuenta.
2. No declarar el Modelo 721. Multas brutales si superas el umbral.
3. Aplicar mal el FIFO. Hacienda exige este método, no LIFO.
4. No declarar staking ni airdrops. Hacienda los considera rendimientos.
5. Pensar que Hacienda no te ve. Los exchanges europeos reportan datos automáticamente.
6. Esperar al último día. Tarde se cometen errores.
Sanciones por no declarar
Las multas pueden ser brutales:
- 50% al 150% de la cantidad no declarada
- Recargos por presentación tardía
- Intereses de demora
- En casos graves, delito fiscal a partir de 120.000€
Mejor declarar, aunque sea poco, que jugársela.
Conclusión
Declarar criptomonedas en España no es opcional. Hacienda dispone de toda la información de los exchanges europeos y empieza a tener acceso a los americanos. Mejor cumplir y dormir tranquilo que arriesgarse a multas que pueden multiplicar por 2 lo no declarado.
Si tu situación es compleja, consulta con un asesor fiscal especializado en cripto. Cuesta entre 100€ y 300€ pero te ahorra muchos dolores de cabeza.
Aviso: contenido informativo. No constituye asesoramiento fiscal personalizado. Para situaciones concretas consulta con un asesor fiscal certificado.